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Este índice, utilizado por bancos como referencia hipotecaria, ha sido declarado abusivo en ciertos casos por su falta de transparencia. La nueva sentencia del TJUE (C-300/23 de 12 de diciembre de 2024) refuerza los derechos de los consumidores al establecer criterios más estrictos sobre la información que debían haber recibido.
La reciente resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea introduce aspectos clave que benefician a los afectados:
Requisito de transparencia reforzado:
El banco tenía la obligación de explicar claramente cómo se calcula el IRPH y cuál sería su impacto económico en comparación con otros índices, como el Euríbor.
Definición de información insuficiente:
Publicar el IRPH en boletines oficiales no era suficiente para cumplir con el principio de transparencia.
Si el cliente no fue informado del funcionamiento real y de los costes adicionales que implica el IRPH, la cláusula podría ser considerada abusiva.
Posible devolución de cantidades:
La sentencia abre la puerta a que los consumidores puedan eliminar la cláusula IRPH y reclamar la devolución de intereses pagados en exceso.
Comparación con otros índices:
La nueva doctrina del TJUE subraya que el IRPH, al incluir gastos y comisiones, suele resultar menos favorable para el consumidor en comparación con otros índices más transparentes, como el Euríbor.
Con la nueva sentencia del TJUE, STOP REDAL ABOGADOS puede ayudarte a:
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• Defensa integral de tus derechos frente a los abusos bancarios.
La sentencia del TJUE supone un avance determinante para todos los afectados por el IRPH. No pierdas la oportunidad de reclamar lo que es tuyo.